Solapas principales

Pleno del Ayuntamiento de Ames

El Pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía dentro del gobierno municipal y está constituido por el alcalde y los/las concejales/as. El alcalde es el encargado de convocar y presidir las sesiones plenarias, aunque puede delegar en alguno de los/las concejales/as.

El Pleno tiene un reglamento propio de carácter orgánico y tanto su funcionamiento como la organización de sus contenidos se recoge en el Reglamento Orgánico Municipal (ROM). Lo constituye una Secretaría General y una serie de Comisiones encargadas de gestionar diversas áreas de gobierno y de informar sobre esta al Pleno.

El Pleno de la Corporación, en sesión del 28 de junio de 2023, acordó que la periodicidad de las sesiones ordinarias del pleno es mensual, celebrándose el último jueves de cada mes, a las 20:30 horas. De coincidir en día festivo el día de la sesión ordinaria, se determinará una nueva fecha en la Junta de portavoces. El mismo criterio será aplicado para las sesiones ordinarias de agosto y diciembre. La dotación económica por asistencia al pleno será de 200 euros por concejal/a. Si se realizan varios plenos en el mismo día solamente se percibirá una única asistencia.

Sesiones plenarias

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Funciones: 
Una de las funciones del Pleno municipal que tiene mayor relevancia, dentro de sus tareas de fiscalización y control de los órganos de gobierno, está la votación de las mociones de censura y confianza. Asimismo, del Pleno dependen los acuerdos relativos a la alteración de la composición o de los límites del término municipal o los acuerdos sobre la participación del Ayuntamiento en órganos supramunicipales. Del Pleno dependen también las aprobaciones y modificaciones de reglamentos orgánicos, ordenanzas, presupuestos, cuadros de personal, reglamentos municipales, etc. La aprobación inicial y final de las tramitaciones urbanísticas también es una de las competencias del Pleno, así como la transferencia de sus funciones a otras administraciones o la determinación de la manera en que el Ayuntamiento gestionará los servicios municipales.
Composición: 

El Pleno está compuesto por 21 concejales y concejalas. Estes/as 21 concejales/as están divididos en diferentes grupos políticos.

Comisiones informativas: 

Las comisiones dependen del Pleno Municipal y están constituidas por una serie de miembros que designan los grupos políticos en proporción al número de concejales que cada uno de ellos tiene en el Pleno.

Composición y actas

Junta de portavoces: 

La Junta de Portavoces/as es un órgano deliberante y consultivo, presidido por el presidente del Pleno o el concejal/a en quien delegue, e integrada por los portavoces y secretarios de los grupos políticos municipales. Sus acuerdos se adoptan por voto ponderado.

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