Solapas principales

Solicitud de aplazamiento o fraccionamento de deudas

Presencial
Online
Sede Electrónica
De Miércoles, 1 Enero, 2020 hasta Jueves, 31 Diciembre, 2020
Tramite activo: 
Cerrado

PARA QUE (FINALIDAD):

  • Tramitar solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de tributos gestionados por el Ayumntamiento de Ames y no delegada su recaudación voluntaria o ejecutiva en la Deputación provincial de la Coruña.

QUIEN PUEDE HACERLO:

  • Aquellas personasque tengan deudas con el Ayuntamiento de Ames que se encuentren en una situación económica financiera que les impida transitoriamente atender a su pago, siempre que cumpla con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal General de gestión, recaudación e inspección de los tributos y de otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Ames.

COMO SE HACE:

La solicitud se podrá presentar en:

  • REGISTRO GENERAL:
    • Dirección: Praza do Concello, nº 2, Bertamiráns.
    • Teléfono: 981 88 30 02
    • Horario: 9.00 a 14.00 horas.
  • RESTANTES FORMAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 16 da LEY 39/2015. DEL 1 DE OUTUBRO, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
  • ELECTRONICAMENTE:

Desde la Sede electrónica municipal puede juntar la solicitud, xunto con la documentación de incorporación obligatoria, en cada caso.

Para realizar el trámite desde la sede derberá de identificarse previamente en la misma, a través del certificado digital DNI-e.

DOCUMENTACIÓN:

  • Personas físicas:
    • Copia de las dos últimas nóminas recibidas.
       
    • Certificación de cuenta bancaria para la domiciliación.
       
    • Certificado de bases imponibles de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el supuesto de contribuyentes que no estén obligados a presentar declaración, la acreditación de los ingresos percibidos se realizará mediante lo certificado de retenciones expedido por los  pagadores de los distintos rendimientos obtenidos.
  • Personas jurídicas:
    • Las cuentas del Balance de situación y cuenta de perddas y ganancias del último ejercicio cerrado.
    • Copia, debidamente compulsada, del Impuesto sobre situaciones correspondientes al último ejercicio económico presentado.
    • Certificación de la cuenta bancaria para la domiciliación.
  • Comunidades de bienes y otras entidades del artículo 35.4 de a Ley  58/2003.
    • Acuerdo de la junta de propietarios o del órgano competente que reflicte la aprobación de la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento para hacer frente a la deuda y el plan de pago.
    • Certificación de cuenta bancaria para la domiciliación.
  • Cualquiera de los anteriorres
    • Si no existe dispensa automática de garantía (deudas  superiores a 6.000 €): correspondiente compromiso expreso e irrevocable de la entidad de formalizar el aval necesario en caso de que el aplazamiento fuera concedido. El aval deberá acercarse en el plazo de treinta días siguientes al de la notificación del acuerdo de concesión.
    • En el caso de solicitar la dispensa de garantía, para deudas superiores a 6.000 €:.
  • Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía. La declaración responsable deberá incorporar relación de los bienes inmuebles de los que el solicitante sea titular, indicando en cada caso la referencia catastral y  aportando información detallada de las cargas que los graben.
  • Declaración responsable y justificación documental de la imposibilidad de obtener aval o certificado a fe que de caución, en la que consten las gestiones efectuadas para su obtención (deberá juntarse negativa de, por lo menos, dos entidades financieras o de caución a las que se hubiera dirigido el solicitante para la obtención de la correspondiente garantía).
  • Plan de viabilidad y cualquiera otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado, y que ponga de manifiesto que la imposibilidad para hacer frente al pagado de la deuda es transitoria, y no estructural.
  • Acreditación de la representación, en su caso.

RESPONSABLE:

OFICINAS:

  •  Recaudación municipal de Bertamiráns
    • Dirección: Praza Horta de Abaixo, nº 6- Local 18
    • Teléfono: 981 884 896
    • Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • Recaudación municipal do Milladoiro
    • Dirección: Rúa Viorneira, número 6
    • Teléfono: 981 884 896
    • Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • Servicio Municipal de Aguas Bertamiráns
    • Dirección: Rúa Agrelo, número 7, baixo
    • Teléfono: 981 890 776
    • Horario: De lunes a viernes, en horario de mañana, de 9:00 a 14:00 horas, y de tarde, de 17:00 a 19:00 horas. Los sábados abren de 9:00 a 14:00 horas.
  • Servicio Municipal de Aguas Milladoiro
    • Dirección: Rúa Viorneira, número 6
    • Teléfono: 981 93 94 45
    • Horario: De lunes a viernes, en horario de mañana, de 9:00 a 14:00 horas, y de tarde, de 17:00 a 19:00 horas. Los sábados abren de 9:00 a 14:00 horas.

NORMATIVA APLICABLE:

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria (artículos 65 a 82).
  • RD 939/2005, de 29 de julio , por lo que se aprueba el Reglamento general de recaudación  (artículos 44 a 54  RXR).
  • Ordenanza fiscal General de gestión, recaudación e inspección de los tributos y de otros ingresos de derecho público del ayuntamiento de Ames.

Aspectos destacables de la normativa municipal aplicable:

El artículo 43.5 de la Ordenanza fiscal general prevé los siguientes plazos máximos de fraccionamiento en función de la cuantía de la deuda:
Importe de la deuda:

Importe de la deuda Periodo máximo
De 100,00 € a 300,00 € 3 meses
De 301,00 € a 900,00 € 6 meses
De 901,00 € a 1.500,00 € 9 meses
De 1.501,00 € a 3.000,00 € 12 meses
De 3.001,00 € a 4.500,00 € 15 meses
De más de 4.501,00 € 18 meses

 El importe mínimo a fraccionar y los plazos se podrán excepcionar de los criterios expuestos en determinadas situaciones de emergencia social y otras previstas en el artículo 13.5 de la Ordenanza Fiscal General.