Con carácter previo al inicio de la obra o instalación que se destine específicamente la una actividad, los/las interesados/las presentarán comunicación previa en la cual pondrán en conocimiento de la Administración Municipal sus datos identificativos y acercarán la documentación acreditativa de los requisitos exigibles para el inicio de la obra o instalación.
Con carácter general, transcurrido el plazo de quince días hábiles, la presentación de la comunicación previa cumpliendo con todos los requisitos exigidos constituye título habilitante para el inicio de las obras, sin perjuicio de las posteriores facultades de comprobación, control e inspección por parte del ayuntamiento.
Después de finalizar la obra, se presentará comunicación previa para el inicio de la actividad.
- Calquier persona física que desee comunicar el inicio de una obra de adecuación de local para actividad.
- Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite" de la Sede electrónica. Si el interesado no utiliza la sede electrónica, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán el/los impreso/ s normalizado/ s para presentar.
- Comunicación Previa de Obra de adecuación de local para actividad.
- En el caso de actuar en representación, copia de los documentos de identidad del representante y el solicitante, con la autorización escrita de ese último o copia de poder para representarlo.
- Descripción suficiente de las características de la obra de adecuación de local.
- Memoria explicativa de la actividad que se pretende realizar, con la manifestación expresa del cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos.
- De ser el caso, proyecto técnico exigible legalmente y declaración del/la técnico/a o los/las técnicos/as facultativos/las que autoricen el proyecto de que este cumple en todos sus términos con la ordenación urbanística de aplicación.
- Proyecto y documentación técnica que resulte exigible según la naturaleza de la actividad o instalación.
- La autorización o declaración ambiental que proceda.
- Las autorizaciones y los informes sectoriales que sean preceptivos, junto con la manifestación expresa de que se cuenta con todos los necesarios para el inicio de la obra, instalación o actividad.
Justificante de pago de los tributos municipales.
- Plan General de Ordenación Municipal.
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la expedición de licencias urbanísticas.
- Ley 2/2016, del 10 de febrero, del Suelo de Galicia.
- Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competividad económica de Galicia.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el Tecto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Ley 39/2015, del 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Nombre: Comunicación Previa de Obra de Adecuación de Local para Actividad.
- Unidad tramitadora: Urbanismo.
- Inicio del procidimiento: A instancia de parte.
- Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
- Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.
- Tasas/impuestos: Consultar las ordenanzas fiscales del apartado de normativa.