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Solicitud de tarjeta de estacionamento de vehículos para personas discapacitadas con mobilidad reducida

Presencial
Online
Sede Electrónica
De Martes, 1 Enero, 2019 hasta Martes, 31 Diciembre, 2019
Tramite activo: 
Cerrado

PARA QUE (FINALIDAD):

Favorecer a aquelas persoas con mobilidade reducida, ou que teñan recoñecida unha discapacidade visual que implique un grao de limitacións na actividade igual ou superior ao 75%, o uso de transportes privados de cara a facilitar o seu estacionamento.

QUIEN PUEDE HACERLO:

  •  Podrán ser beneficiarias de la tarjeta de estacionamiento de vehículos todas aquellas personas que, estando empadronadas en el Ayuntamiento de Ames, tengan reconocida movilidad reducida por el Equipo de Valoración y Orientación (EVO) dependiente de la Sección de calificación y valoración de discapacidad de la Xunta de Galicia, o tengan reconocida una discapacidad visual que implique un grado de limitaciones en la actividad igual o superior al 75%.

COMO SE HACE:

  • Presentar el modelo de instancia normalizado para este trámite debidamente cubierto, así como la documentación requerida para su valoración.

CUANDO:

  • Durante todo el año.

 

DONDE:

  • En el registro electrónico del Ayuntamiento así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2,1 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En el Registro General del Ayuntamiento en Bertamiráns, en el registro de la oficina municipal del Milladoiro o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN:

  • Modelo de instancia conforme el anexo I.
  • Fotocopia cotejada del DNI, tarjeta de residencia o cualquier otro documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.
  • Dos fotografías tamaño carné.
  • Certificado de empadronamiento. El certificado será solicitado a la Oficina General del Ayuntamiento por parte del personal municipal que tramite la solicitud.
  • Certificado de discapacidad o informe del Equipo de Valoración y Orientación (EVO).
  • Autorización de cesión de datos segundo modelo anexo.
  • En el caso que la persona interesada sea mayor de edad incapacitada judicialmente:
    • Copia compulsada de la sentencia judicial acreditativa de la incapacidad judicial y copia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona que ostente la condición de tutora.
  • En el caso de que la persona interesada sea un menor de edad:
    • Copia compulsada del libro de familia.
    • Copia compulsada de sentencia de nulidad, separación o divorcio y del convenio regulador, de ser el caso.
    • Copia compulsada de la resolución administrativa o judicial que acredite la condición de ser el tutor/la, acogedor/la del menor, de ser el caso; y copia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona tutora o acogedora.
    • Copia compulsada de la sentencia judicial acreditativa de la patria potestad prorrogada o incapacidad judicial; y copia compulsada del documento acreditativo de la identidad de la persona que ostente la condición de tutora.
  • No será necesario acercar los documentos que ya fueran presentados anteriormente. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

    La documentación complementaria se podrá presentar electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para lo cotejo de la copia electrónica presentada segundo el dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio , de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre , por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

PRECIO:

  • Gratuíto.

DEPARTAMENTO TÉCNICO RESPONSABLE:

CONCEJALÍA RESPONSABLE:

NORMATIVA APLICABLE: